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Fianzacrédito Inmobiliario de Santander
Líderes en Colombia en la Prestación de Servicios 
de Fianza Inmobiliaria y Soportes para Servicios Financieros.
Cra. 27 No. 36-14 Local 107 Bucaramanga - Santander
Conmutador: (57) (7) 6358253 - 6323487 - 6345282
Email: info@fianzacreditosantander.com

 


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FIANZA:
 El servicio de Fianza es una garantía sólida y confiable que le permite a las inmobiliarias afiliadas a la Lonja de Propiedad Raíz de Santander y accionistas de FIANZACREDITO INMOBILIARIO DE SANTANDER S.A.desarrollar con tranquilidad, seguridad y total respaldo, sus contratos de arrendamiento.  De esta forma se garantiza plenamente el pago a los propietarios. 
 

BENEFICIOS
FIANZACREDITO INMOBILIARIO DE SANTANDER S.A. le garantiza el pago de los cánones de arrendamiento cuando el arrendatario incumpla, mientras esté ocupado el inmueble y durante el proceso de restitución del mismo al igual que el valor de los servicios públicos y cuotas de administración no cancelados.

FIANZACREDITO INMOBILIARIO DE SANTANDER S.A. se encarga además, conjuntamente con las inmobiliarias, de seleccionar eficazmente al arrendatario mediante estudios de solicitudes de arriendo serios y responsables.

NUESTRO SERVICIO DE FIANZA INMOBILIARIA:
OBJETIVO GENERAL
Afianzar a los administradores inmobiliarios el INCUMPLIMIENTO en la cancelación de los cánones de arrendamientos, servicios públicos y cuotas de administración por parte de los arrendatarios.

OBJETIVO ESPECÍFICOS
1. Realizar a los Administradores Inmobiliarios los trámites de selección de los arrendatarios.
2. Afianzar el pago de arriendos y servicios públicos dejados de cancelar por los arrendatarios.
3. Evitar a los Administradores Inmobiliarios las acciones jurídicas dirigidas al pago de arriendos y servicios públicos no cancelados oportunamente.
4. Impulsar y fortalecer el desarrollo económico de los Administradores Inmobiliarios.

El C.C.  en su artículo 2.361 la define como una obligación  accesoria , en virtud de la cual, una ó más personas aceptan responder por una obligación ajena, comprometiéndose para con el acreedor a cumplirla en todo o en parte, si el deudor principal no la cumple. Puede constituirse no sólo a favor del deudor principal, sino de otro fiador.